domingo, 23 de septiembre de 2007

Nueva ley familiar obligará a padres a ejercer su responsabilidad


El proyecto de Ley establece que la madre podrá solicitar ante funcionarios de la Fiscalía que, de manera obligatoria, el padre sea sometido a la prueba de ADN para corroborar su paternidad. Igualmente, todo padre podrá exigir dicha prueba, cuando la madre le niegue su condición de progenitor.

Caracas, 01 de julio de 2007/ El proyecto de Ley para la Protección de la Familia, la Maternidad y la Paternidad, aprobado en primera discusión en la Asamblea Nacional (AN), establece en sus artículos la realización de la prueba de ADN como mecanismo obligatorio para aquel hombre que niegue la paternidad. Así lo informó la parlamentaria y presidenta de la Subcomisión de Familia, Mujer y Juventud de la Asamblea Nacional (AN), Marelis Pérez Marcano, quien precisó que producto del alto grado de paternidad irresponsable que existe en el país, fue tomado en consideración este tema. En este sentido, la mujer (madre) podrá solicitar ante funcionarios de la Fiscalía que, de manera obligatoria, este hombre sea sometido a la prueba de ADN para corroborar su paternidad. Igualmente, todo padre podrá exigir la prueba de ADN cuando la mujer le niegue su categoría de progenitor y comprobar que ese hijo es de él. Estas nuevas medidas, aclaró la parlamentaria, pueden conducir a una nueva cultura de la responsabilidad paterna y materna con respecto a los niños y niñas que no tienen ninguna culpa de los desacuerdos existentes entre los padres (adultos). Por lo tanto, esta nueva ley, dijo Marcano, no dará cabida para que ningún hombre pueda negar su paternidad como tampoco permitirá que una mujer niegue a un hombre reconocer su carácter de padre. En este proyecto de ley se busca visibilizar al hombre, al padre y, en ese sentido, la ley dedica un capítulo especial a la paternidad. «Con ello queremos hacer que el hombre y la mujer, padre y madre, funjan como figura unida alrededor de sus hijos, que el hombre y la mujer tengan una plena conciencia de que los compromisos del hogar son de ambos y que, por lo tanto, el hombre también tiene el derecho de recibir al hijo o a su hija cuando esté por nacer», señaló. Tomando en cuenta esta situación, se establecen 14 días de cesantía remunerada para el hombre, esto con la finalidad de que cuando la mujer vaya a tener a su hijo el padre esté allí para recibirlo y sienta ese compromiso con ese nuevo ser que está llegando a la sociedad. FS/ VTV/ ABN

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