domingo, 21 de septiembre de 2008

CAMPESINOS Y FUNCIONARIOS DEL MPPAT ANALIZARON LEYES AGRÍCOLAS

Encuentros similares se realizarán en todo el territorio nacional

Caracas, 27-08-08.- Con el propósito de estudiar, analizar y comprender los alcances de las leyes relacionadas con el sector agrícola nacional aprobadas recientemente a través de Ley Habilitante por el Ejecutivo Nacional, representantes de organizaciones campesinas de todo el país se reunieron con funcionarios del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (MPPAT). De esta manera, se pretende desmontar la campaña mediática adversa que algunos sectores intentan edificar.

En tal sentido, la directora Nacional del Servicio Autónomo de Sanidad Animal (SASA) próximamente Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI), Ángela Bolívar, afirmó que este taller, llevado a cabo en el Teatro Teresa Carreño de la ciudad Capital, tuvo como intención explicar la constitucionalidad de todas y cada una de las leyes decretadas.

“Se explicaron todos los beneficios que involucran a cada uno de los sectores productivos del país, especialmente para los históricamente excluidos: campesinos y campesinas, quienes son protagonistas en la producción agrícola nacional”.

En su exposición, Bolívar hizo referencia a la Ley de Salud Agrícola Integral y aclaró que dentro de la misma se proponen conceptos que trascienden las tradicionales nociones sanitarias, pues estas últimas no se ajustan a las necesidades actuales del país. Se refirió en específico a la adecuación de la Ley de Defensa Sanitaria Animal y Vegetal que data de los años 40.

Por otro lado, resaltó la relevancia del poder popular en cada una de las leyes y destacó la conformación de los Comités de Salud Agrícola Integral, en donde personal multidisciplinario y gente de la comunidad, en conjunto con los campesinos y campesinas, ejercerán la contraloría social en procesos de fiscalización, vigilancia, vacunación y prevención de enfermedades para lograr la conservación y preservación agroecológica del proceso productivo del país.

Por su parte, la directora de Mercadeo Agrícola del MPPAT, Leiff Escalona, enfatizó la importancia de la constitución de las asambleas locales, regionales y locales como espacios de concertación y participación de todos aquellos que intervienen en la cadena productiva nacional, es decir, de quienes son responsables de suministrar alimentos a la población venezolana.

Aseguró que estas discusiones se realizarán en todo el territorio nacional, lo que permitirá la planificación de los ciclos de siembra, de cosecha, y la distribución de alimentos.

“Comenzaremos con un plan en todos los estados. Se explicarán cada uno de los artículos de las leyes y las bondades de la aplicación de las mismas y se priorizará en aquellas zonas que han estado abandonadas y que tienen mucho tiempo sin ser atendidos por las instituciones”.

Legislación Agrícola Financiera

Por último, el consultor jurídico del MPPAT, Reinaldo Muñoz, explicó las leyes del sector financiero agrícola nacional, cuya aprobación persigue flexibilizar el acceso del pequeño y mediano productor al financiamiento agrícola.

Muñoz señalo que con la Ley de Crédito para el Sector Agrario, los plazos de pagos aumentarán a 20 años.

En cuanto a la Ley del Banco Agrícola de Venezuela, aseguró que está destinada a financiar a pequeños y medianos productores en sus mismas localidades, lo que se traduce en la municipalización de los créditos.

La Ley de Beneficios y Facilidades de Pago aliviará, según indicó, las deudas que por razones de fuerza mayor, desastres naturales o pérdidas en la producción, no pudieron ser canceladas por los productores en las fechas establecidas para tal fin.

Para estos casos, se establecieron dos beneficios: La Reestructuración y la Condonación: En el primero, la banca privada, en caso dado, extenderá los plazos de pago, en algunos con años de gracia, y en otros con una disminución de las cuotas; en el segundo, el beneficio se concederá en rubros específicos como maíz, arroz, papa y café. “La idea es relajar a estos deudores para que puedan acceder nuevamente a los créditos”, finalizó Muñoz.

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Promociones publicitarias deben ser autorizadas por Indepabis

Ley para Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios

Las mismas deberán ser notificadas en un plazo no menor de diez (10) días antes de la publicación y la autoridad decidirá en un plazo que no excederá de cinco (5) días hábiles. La ley prohíbe los abusos en la publicidad donde se incite a hechos violentos o se promueva el miedo entre la población

Caracas, 13-08-08.- El Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis) es el organismo facultado, según el nuevo Decreto Ley, para autorizar las promociones publicitarias.

"La proveedora o el proveedor de bienes y servicios está obligado a notificar sobre las condiciones, términos, plazos y demás modalidades de las promociones a la Autoridad, en un plazo no menor de diez (10) días antes de la publicación, para su estudio y autorización, la autoridad competente decidirá en un plazo que no excederá de cinco (5) días hábiles", según estipula la Ley para Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios en el Capítulo VI artículo 61 de las promociones y su publicidad.

En cambio, en la derogada Ley de Protección al Consumidor y al Usuario sólo se les exigía a los proveedoras y proveedores de bienes y servicios notificar al antiguo Indecu la promoción publicitaria y ahora, además de notificar al Indepabis en un plazo no menor de diez días antes de la publicación, la ley facultad a la Autoridad del Instituto para estudiar y autorizar las promociones en un plazo máximo de cinco días hábiles.

Las promociones publicitarias para su aprobación no deben incitar a hechos violentos o discriminatorios ni promover el miedo entre la población o atentar contra la salud, los valores ambientales o morales y la seguridad de las personas.

Las proveedoras y proveedores de bienes y servicios, a nivel nacional, deben remitir sus piezas publicitarias a las oficinas de Indepabis en su sede central, ubicada en Caracas, en el Centro Comercial Los Cedros, en la avenida Libertador.

Condiciones generales de la oferta

La nueva ley también menciona, en el artículo 61, que en caso de ventas o servicios promocionales, liquidaciones u ofertas especiales, se deberá indicar en la publicidad respectiva, el plazo de duración de las mismas y la cantidad de las mercaderías que se ofrezcan, así como las condiciones generales de la oferta.

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